Alerta de Noticias: Tribunal emite suspensión administrativa del programa Mantener a las Familias Unidas.
¿Qué es el Programa Mantener a las Familias Unidas?
El 19 de agosto, el DHS publicó para inspección pública un aviso en el Registro Federal que implementa Mantener a las Familias Unidas, un proceso para que ciertos cónyuges y hijastros no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses soliciten libertad condicional en el lugar. Este programa permite a las personas elegibles solicitar un permiso temporal para permanecer en los EE.UU. bajo el programa Lazos Familiares Claves (KFT, por sus siglas en inglés). La solicitud se realiza estrictamente en línea, requiriendo la presentación del Formulario I-131F a través del sitio web de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
¿Quién es elegible para aplicar al programa?
Para ser considerado para una concesión discrecional de libertad condicional en el lugar bajo el programa Mantener a las Familias Unidas, debe cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad:
Si es el cónyuge no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debe:
Estar presente en los Estados Unidos sin admisión o libertad condicional;
Haber estado presente físicamente de manera continua en los Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha de presentación de su solicitud;
Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024;
No tener antecedentes penales descalificantes y no ser considerado una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
Proporcionar datos biométricos y someterse a verificaciones de antecedentes y evaluaciones de seguridad nacional y seguridad pública requeridas.
Si es el hijastro no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debe:
Haber tenido menos de 21 años y estar soltero el 17 de junio de 2024;
Estar presente en los Estados Unidos sin admisión o libertad condicional;
Haber estado presente físicamente de manera continua en los Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de presentación de su solicitud;
Tener un padre no ciudadano que haya contraído matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024 y antes de su 18.º cumpleaños;
No tener antecedentes penales descalificantes y no ser considerado una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
Proporcionar datos biométricos y someterse a verificaciones de antecedentes y evaluaciones de seguridad nacional y seguridad pública requeridas.
Estrictamente en línea, sin presentaciones en papel
El Formulario I-131F debe presentarse exclusivamente en línea. No existe una opción de formulario en papel o de presentación en persona para este proceso. USCIS enfatiza la importancia de utilizar el portal en línea para garantizar que la solicitud se procese de manera correcta y eficiente.
Programa Actualmente en Suspensión
El 26 de agosto de 2024, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas, en el caso Texas v. Departamento de Seguridad Nacional (Caso Número 24-cv-306), suspendió administrativamente al DHS de otorgar libertad condicional en el lugar bajo el programa Mantener a las Familias Unidas durante 14 días. En cumplimiento de una orden judicial, el USCIS no concederá ninguna solicitud de libertad condicional en el lugar pendiente bajo Mantener a las Familias Unidas. Sin embargo, se les permite seguir aceptando la presentación del Formulario I-131F, programar citas biométricas y capturar biometrías en los Centros de Apoyo para Solicitudes (ASCs).
¿Qué más debería saber?
La orden de suspensión administrativa del tribunal de distrito no afecta a las solicitudes que se aprobaron antes de que se emitiera la orden de suspensión administrativa a las 6:46 p.m., hora del Este, el 26 de agosto de 2024. Las personas a las que se les concedió la libertad condicional en el lugar bajo este proceso antes de que se emitiera la orden de suspensión administrativa aún pueden solicitar cualquier otro beneficio de inmigración para el que puedan ser elegibles, incluyendo la autorización de empleo y el ajuste de estatus a residente permanente legal.
Solo puede solicitar la autorización de empleo después de que se apruebe su Formulario I-131F. Si presenta su Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, antes de que USCIS apruebe su solicitud de Formulario I-131F bajo este proceso, USCIS rechazará o denegará su Formulario I-765. Visite la página web dedicada de USCIS sobre este programa para obtener más información.
Las políticas y leyes de inmigración son dinámicas. Manténgase informado mientras le mantenemos actualizado sobre este y otros desarrollos. Síganos en Instagram, Twitter, Facebook, LinkedIn y Tumblr, para noticias de inmigración actualizadas.
Torregoza Legal PLLC is the law firm for immigrants, by immigrants. We are founded on the motto of LegalEase: we do away with the legal jargon and make law easy to understand, so you can focus on what’s important to you – going for your American Dream.
Contact us at (888) 445-7066 or info@legalease.us. We are also on social media and on Skype: @LegalEaseUS. || www.LegalEase.us
This website and blog constitute attorney advertising. Do not consider anything on this website or blog legal advice as the law is dynamic, particularly in the immigration field and nothing in this website constitutes an attorney-client relationship being formed. Set up a one-hour consultation with us before acting on anything you read here. Past results are no guarantee of future results and prior results do not imply or predict future results. Each case is different and must be judged on its own merits.