FAQ: Recursos Migratorios para Víctimas de Violencia Doméstica

FAQ

Foto de Ronak Valobobhai en UnsplashLa ley de inmigración de EE. UU. proporciona protecciones y recursos para los cónyuges extranjeros de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que han sido abusados. Si eres víctima de violencia doméstica, es importante que sepas que no tienes que seguir viviendo con tu abusador. Lee nuestra entrada de blog para obtener más información sobre tus opciones migratorias.

Si eres víctima de violencia doméstica, recuerda que no estás sola. Si te sientes insegura y es una emergencia, llama al 911.

Números de la Línea Directa de Violencia Doméstica del Estado de NY y Nacional:

Línea Directa del Estado de Nueva York de Violencia Doméstica las 24 horas (inglés y español/accesibilidad multilingüe): 1-800-942-6906 o 711 para personas sordas o con dificultades auditivas.

Línea de Chat/Texto del Estado de Nueva York: Envía un texto al 844-997-2121 / Chat: https://opdv.ny.gov/chat.html

Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica las 24 horas: 1-800-799-7233 o 1-800-787-3224 (TTY)

Videoteléfono para Sordos de la Línea Directa Nacional de 9 a.m. a 5 p.m. L-V: 1-855-812-1001deafhelp@thehotline.org

Soy residente condicional que obtuvo su tarjeta verde a través de mi cónyuge ciudadano estadounidense, quien es física y mentalmente abusivo. ¿Debo permanecer casada para obtener mi tarjeta verde de 10 años?

No, no tienes que seguir casada ni vivir con tu abusador. La ley de inmigración te permite presentar la solicitud de eliminación de condiciones temporales (Formulario I-751) por tu cuenta, lo que se llama una exención del requisito de presentación conjunta. Puedes presentar la eliminación de las condiciones de tu residencia permanente sin tu cónyuge en cualquier momento después de haber obtenido el estatus condicional si:

  • Entraste en el matrimonio de buena fe, pero tu cónyuge falleció;

  • Entraste en el matrimonio de buena fe, pero el matrimonio terminó por divorcio o anulación;

  • Entraste en el matrimonio de buena fe, pero fuiste maltratada o sometida a crueldad extrema por tu cónyuge;

  • La terminación de tu estatus y la expulsión de los Estados Unidos resultarían en dificultades extremas.

En este caso, debes incluir evidencia relevante, como tu certificado de divorcio, evidencia de abuso o crueldad extrema por parte de tu cónyuge, y evidencia que demuestre por qué deberías poder continuar con el proceso y permanecer en los Estados Unidos.

Soy indocumentada. Mi cónyuge ciudadano/permanente residente ha estado prometiendo hacer la petición por mí, pero no lo ha hecho. Lo amo, pero me ha engañado y ha lastimado física y emocionalmente tanto a mí como a mi hijo. ¿Mi caso no tiene esperanza?

No, tu caso no está perdido. Las leyes de EE. UU. ofrecen protecciones y recursos para ti y tu hijo. La Ley de Violencia contra la Mujer de 1994 (VAWA) es una legislación federal que proporciona protecciones legales y recursos para las víctimas de violencia doméstica. En el contexto de inmigración, VAWA permite a un inmigrante indocumentado obtener la residencia permanente si es víctima de maltrato físico o crueldad extrema cometida por:

  • Un cónyuge o excónyuge ciudadano estadounidense;

  • Un padre ciudadano estadounidense;

  • Un hijo o hija ciudadano estadounidense;

  • Un cónyuge o excónyuge residente permanente legal (LPR, por sus siglas en inglés); o

  • Un padre LPR.

Puedes auto-peticionar bajo VAWA presentando una Petición para Amerasiático, Viudo/a, o Inmigrante Especial (Formulario I-360) sin el conocimiento ni el consentimiento de tu familiar abusivo. Si tu auto-petición es aprobada y cumples con otros requisitos de elegibilidad, podrías ser elegible para solicitar la residencia permanente.

Es importante saber que VAWA no solo protege a las mujeres, también protege a los hombres, incluidos aquellos en matrimonios del mismo sexo. Los familiares, como los hijos menores de 21 años, pueden obtener un estatus derivado y también pueden obtener la residencia permanente.

Soy indocumentada y mi esposo también lo es. Me ha agredido físicamente varias veces, algunas de ellas tan graves que tuve que ser hospitalizada y la policía intervino. Estoy preocupada por mi seguridad y siento que mi situación no tiene salida. ¿Tengo alguna opción?

Sí, el estatus de no inmigrante U (Visa U) es un estatus temporal para víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso físico o mental y han ayudado a las autoridades en la investigación o el procesamiento de actividades criminales.

Las siguientes son las actividades criminales que califican para la Visa U, y se incluye la violencia doméstica y delitos relacionados:

  • Abducción

  • Contacto Sexual Abusivo

  • Extorsión

  • Violencia Doméstica

  • Chantaje

  • Falsa Prisión

  • Mutilación Genital Femenina

  • Asalto con Agravante

  • Fraude en Contratación Laboral Extranjera

  • Toma de Rehenes

  • Incesto

  • Servidumbre Involuntaria

  • Secuestro

  • Homicidio Involuntario

  • Asesinato

  • Obstrucción de la Justicia

  • Peonaje

  • Perjurio

  • Prostitución

  • Violación

  • Agresión Sexual

  • Explotación Sexual

  • Trata de Esclavos

  • Acoso

  • Tortura

  • Tráfico de Personas

  • Manipulación de Testigos

  • Restricción Criminal Ilegal

  • Otros Delitos Relacionados*†

*Incluye cualquier actividad similar en la que los elementos del delito sean sustancialmente similares.

†También incluye intento, conspiración o solicitud para cometer cualquiera de los delitos mencionados y otros delitos relacionados.

Si eres víctima de violencia doméstica y deseas determinar tu elegibilidad para alguna de estas opciones migratorias, contáctanos, ¡estamos aquí para ayudarte! Síguenos en Instagram, Twitter, Facebook, LinkedIn y Tumblr, para obtener noticias actualizadas sobre inmigración.


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