¿Qué sucede después de la aprobación del I-130? ¿Qué es el procesamiento consular?
El Formulario I-130 es utilizado por un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR/tarjetahabiente) para solicitar la residencia permanente para un familiar calificado que desea vivir y trabajar en los Estados Unidos y obtener una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card). Lee nuestras preguntas frecuentes que discuten lo que sucede a continuación después de la aprobación del I-130 para aquellos con familiares en el extranjero, la revisión/documentación en el Centro Nacional de Visas (NVC) y la entrevista consular.
¿Qué es el Formulario I-130?
El Formulario I-130 es utilizado por un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR) para solicitar la residencia permanente para un familiar calificado que desea venir y vivir en los Estados Unidos de manera permanente y obtener una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card). Presentar el Formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un familiar a solicitar inmigrar a los Estados Unidos y obtener la Green Card. La presentación o aprobación de esta petición no otorga inmediatamente al familiar ningún estatus o beneficio migratorio.
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) generalmente aprobarán tu Formulario I-130 si puedes establecer una relación entre tú y tu familiar que califique para inmigrar a los Estados Unidos. Generalmente, una vez que la petición es aprobada, tu familiar podrá solicitar convertirse en LPR. Este es el segundo paso en el proceso. Algunos familiares deben esperar hasta que un número de visa esté disponible antes de poder solicitar. Si tu familiar califica como familiar inmediato, siempre está disponible una visa de inmigrante y puede incluso presentar la solicitud de la green card al mismo tiempo que el I-130, si actualmente se encuentra en los Estados Unidos.
Después de que el USCIS apruebe tu petición I-130, enviará la aprobación al Centro Nacional de Visas (NVC). El rol del NVC es asegurarse de que estés preparado para tu entrevista de visa de inmigrante en una embajada/consulado de EE.UU. y programar tu cita de entrevista. Es responsable de recopilar las tarifas correspondientes, la Solicitud de Visa de Inmigrante, los documentos civiles de apoyo, los certificados de policía, las Declaraciones Juradas de Apoyo y los documentos financieros necesarios para la entrevista en un consulado/embajada en el extranjero.
¿Qué es el Proceso del Centro Nacional de Visas (NVC)?
A continuación, se presenta un resumen del proceso del NVC:
Inicia sesión en tu cuenta CEAC: Recibirás correspondencia del NVC indicándote que ingreses al Centro Electrónico de Solicitudes Consulares (CEAC) del Departamento de Estado en https://ceac.state.gov/IV, donde podrás verificar el estado de tu caso, pagar las tarifas necesarias, subir y enviar documentos, y leer mensajes del NVC.
Pagar Tarifas: Puedes pagar la tarifa de Solicitud de Visa de Inmigrante (IV Fee) de $325 y la tarifa de la Declaración Jurada de Apoyo de $120 en tu cuenta CEAC. Actualmente, no puedes pagar estas dos tarifas al mismo tiempo; el sistema en línea te pedirá que las pagues una a la vez. Las tarifas pueden aumentar y en el futuro, podrás pagar por ambas simultáneamente.
Enviar la Declaración Jurada de Apoyo: Una Declaración Jurada de Apoyo, también conocida como Formulario I-864, es un documento que el peticionario firma para aceptar la responsabilidad financiera de su familiar que viene a vivir a los Estados Unidos. La persona que firma la Declaración Jurada de Apoyo también se llama el “patrocinador”. Si el ingreso del peticionario está por debajo del monto mínimo anual para el tamaño de su hogar, un patrocinador conjunto puede acordar completar también un I-864 en nombre del solicitante. Por ejemplo, John, un ciudadano estadounidense, solicita a su esposa, Jane, que vive en el extranjero. John trabaja a tiempo parcial y gana $20,000 al año. Como su ingreso está por debajo del umbral de $21,550 para una familia de dos (Jane y él), necesita un patrocinador conjunto que esté dispuesto a presentar un formulario I-864 y cumpla con los requisitos de ingresos. Al firmar el formulario I-864, este patrocinador conjunto acepta usar sus recursos, si es necesario, para apoyar financieramente al beneficiario y a cualquier dependiente. También acepta reembolsar al gobierno si el solicitante utiliza algún beneficio gubernamental. Esta responsabilidad dura hasta que el solicitante se convierta en ciudadano estadounidense.
Enviar Documentación Financiera: El NVC solicitará documentación financiera del peticionario y de cualquier patrocinador conjunto, incluyendo: transcripciones fiscales, evidencia de ingresos actuales, prueba de activos y prueba de estatus/identificación en EE.UU.
Completar el Formulario de Solicitud de Visa de Inmigrante, DS-260: El beneficiario y cada miembro calificado de la familia que emigre deben completar la Solicitud de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero (Formulario DS-260). Después de completar el formulario en línea, debes imprimir la página de confirmación y llevarla a tu entrevista. Puedes imprimir esto desde tu cuenta CEAC en cualquier momento después de completar tu solicitud DS-260. Aquí hay una muestra del DS-260 para darte una idea de la información necesaria para la solicitud.
Recopilar, Escanear y Subir tus Documentos Civiles: Necesitarás recopilar documentos civiles como certificados de nacimiento/adopción, certificados de matrimonio/divorcio, copia de la página biográfica del pasaporte del beneficiario, así como registros de tribunal/prisión/servicio militar, si corresponde. Si tienes 16 años o más, debes obtener una fotocopia de un certificado de policía de todos los países en los que has vivido o donde puedas tener un registro de arresto. Generalmente, los certificados de policía tienen una validez de un año y si tu certificado de policía ha expirado al momento de la entrevista, deberás llevar uno nuevo. Los documentos en un idioma diferente al inglés deben ir acompañados de traducciones certificadas. La traducción debe incluir una declaración firmada por el traductor que indique que: (1) la traducción es precisa, y (2) el traductor es competente para traducir. La traducción no necesita ser realizada por una empresa profesional y puede ser realizada por cualquier tercero.
Prepararse para tu Entrevista: Después de que el NVC complete la revisión de tu documentación, te enviará a ti, a tu peticionario y a tu agente/abogado (si tienes uno) un correo electrónico con la fecha y hora de la cita para la entrevista consular. Cada consulado tiene requisitos diferentes, así que revisa sus requisitos para asegurarte de que tengas todo lo necesario para la entrevista. Si no llevas los documentos requeridos, el oficial consular no podrá completar el procesamiento de tu visa y podría ser necesaria otra cita de entrevista, lo que retrasaría la emisión de la visa.
Programar y Completar tu Examen Médico: Programa una cita médica con un médico autorizado (llamado "Médico del Panel") en el país donde serás entrevistado. Los exámenes realizados por otros médicos no serán aceptados. Debes completar tu examen médico, junto con las vacunas requeridas, antes de la fecha de tu entrevista de visa programada. Haz clic aquí para conocer las instrucciones específicas del examen médico por país. Después de tu examen, el Médico del Panel enviará los resultados directamente a la embajada o te dará un sobre sellado. Si el doctor te da un sobre, no lo abras. En su lugar, llévalo a tu entrevista de visa y dáselo al oficial consular.
¿Cuánto tiempo tarda en transferirse mi caso al NVC?
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) han prometido en marzo de 2022 acelerar sus tiempos de procesamiento para los casos que adjudica, y hemos comenzado a ver en agosto de 2022 que algunos, pero no todos, los casos están comenzando a ser adjudicados más rápidamente. Por lo tanto, es una buena idea planificar con anticipación y estar preparado para esperar. Puedes obtener una idea aproximada de los tiempos del NVC en su sitio web.
El primer período de tiempo es el Tiempo de Creación del Caso. Este es el tiempo que actualmente tarda el NVC en crear un archivo después de que USCIS transfiera la petición aprobada. Por ejemplo, a partir del 14 de agosto de 2023, el NVC está trabajando en casos recibidos de USCIS el 11 de julio de 2023.
¿Cuánto tiempo tarda el NVC en revisar mis documentos?
Esto está determinado por el Tiempo de Revisión de Casos publicado. Como se mencionó anteriormente, necesitarás subir los documentos requeridos (declaración jurada de apoyo, documentos financieros, DS-260 del solicitante y documentos civiles) al portal del NVC. Si hay problemas con los documentos subidos, recibirás un mensaje del NVC pidiéndote que corrijas esos errores. Si todo está en orden, el NVC te enviará un mensaje indicando que estás "Documentalmente Calificado". Esto significa que el NVC tiene todos los documentos que necesita para enviar al Consulado de EE.UU. para programar tu entrevista. Por ejemplo, a partir del 14 de agosto de 2023, el NVC está revisando documentos enviados a través del portal el 2 de agosto de 2023.
He enviado todos mis documentos pero aún no he recibido noticias del NVC. ¿Qué puedo hacer?
Si ya has enviado tus documentos y tu caso está más allá del tiempo de revisión de casos publicado en el sitio web del NVC, puedes enviar una consulta pública para hacer un seguimiento de tu solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda antes de que me programen para una entrevista?
Esto depende de tu categoría de visa y la carga de trabajo en el Consulado donde obtendrás tu visa. Puede tomar meses o incluso años, ya que ha habido retrasos relacionados con la pandemia además de los retrasos ya existentes. En resumen, prepárate para esperar, ya que el proceso no es rápido y puede tomar años para que tus seres queridos puedan mudarse a los Estados Unidos.
Asistir a la Entrevista Consular
Cuando el Consulado esté listo para verte para la entrevista, recibirás una Carta de Cita para la Entrevista que contiene información importante sobre la entrevista, incluyendo qué llevar:
Carta de Cita: La carta de cita para la entrevista que recibiste del NVC.
Pasaporte: Para cada solicitante, un pasaporte no expirado válido por seis meses más allá de la fecha prevista de entrada a los Estados Unidos.
Fotografías: Dos fotografías idénticas en color para cada solicitante, que deben cumplir con los Requisitos Generales de Fotografías.
Página de Confirmación del DS-260.
Documentos de Apoyo: Copias originales o certificadas de todos los documentos civiles que subiste al CEAC y cualquier otra cosa específicamente listada en tu aviso de cita.
Si no puedes asistir a tu entrevista programada, contacta a la Embajada o Consulado de EE.UU. lo antes posible. Si no contactas a la Embajada o Consulado de EE.UU. dentro del año siguiente a la recepción de tu carta de cita, tu caso puede ser cerrado y tu petición de visa de inmigrante cancelada, y cualquier tarifa pagada no será reembolsada.
¿Qué sucede después de la entrevista?
Si tu visa es aprobada, se te informará cómo y cuándo te devolverán tu pasaporte con la visa de inmigrante. Después de recibir tu pasaporte con la visa, puedes pagar la Tarifa de Inmigrante de USCIS antes de partir hacia los Estados Unidos. USCIS no emitirá una Tarjeta de Residente Permanente (Formulario I-551 o Green Card) hasta que hayas pagado la tarifa. Debes llegar a los Estados Unidos y solicitar admisión antes de la fecha de expiración de la visa impresa en tu pasaporte.
Si tienes alguna pregunta o inquietud sobre tu solicitud de visa de inmigrante, contáctanos. Estamos aquí para ayudarte. Síganos en Instagram, Twitter, Facebook, LinkedIn y Tumblr para obtener noticias actualizadas sobre inmigración y mantenerse actualizado.
CONTENIDO RELACIONADO:
Torregoza Legal PLLC is the law firm for immigrants, by immigrants. We are founded on the motto of LegalEase: we do away with the legal jargon and make law easy to understand, so you can focus on what’s important to you – going for your American Dream. Contact us at (888) 445-7066 or info@legalease.us. We are also on social media and on Skype: @LegalEaseUS. || www.LegalEase.us
This website and blog constitute attorney advertising. Do not consider anything on this website or blog legal advice as the law is dynamic, particularly in the immigration field and nothing in this website constitutes an attorney-client relationship being formed. Set up a one-hour consultation with us before acting on anything you read here. Past results are no guarantee of future results and prior results do not imply or predict future results. Each case is different and must be judged on its own merits.